
Para saber cuánto tiene que pagar a la Seguridad Social un vendedor de Administración de lotería, a partir del 1 de enero de 2023, tiene que estar al día sobre la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización para autónomos en función de sus ingresos reales.
¿Para qué sirve la cuota de autónomos?
El pago mensual de la llamada “cuota de autónomos” es una de las obligaciones que conlleva darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Los trabajadores autónomos deben cotizar desde el primer día en que inicien su actividad. La liquidación de la cuota se suele realizar a fin de mes en las administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social, domiciliando el pago en el banco o a través de la web de la Seguridad Social.
Es importante tener en cuenta que, tanto en el mes de alta como en el de baja como autónomo, el pago de la cuota generada será proporcional a los días de alta, sin tener que hacer frente al mes entero. Además, también hay ciertas obligaciones con Hacienda relacionadas con la parte fiscal de ser autónomo.
¿A qué prestaciones sociales da derecho pagar la cuota de autónomos?
Un vendedor de Administración de lotería que paga su cuota de autónomos tiene derecho a recibir determinadas prestaciones en situaciones de: cese de actividad; baja por enfermedad; baja por accidente y jubilación.
¿Cómo es la nueva cuota de autónomos de 2023 con cotización por ingresos reales?
La cuota de autónomos, desde el 1 de enero de 2023, queda establecida por el sistema de cotización para autónomos en función de sus ingresos reales. El Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.
Así, el sistema de cotización de autónomos se convierte en un modelo progresivo de cuotas que se despliega durante 3 años, entre 2023 y 2025, en el que los autónomos con menos ingresos verán rebajada su cuota, mientras que los que más ganan la verán incrementada.
Dicho sistema tiene 15 tramos de cotización en los que el autónomo tiene que ubicarse en función de su previsión de ingresos. Mientras que los primeros tramos suponen una rebaja de la cuota con respecto a la base mínima anterior, en los tramos más altos aumenta:
Este nuevo sistema establece las siguientes cuotas mensuales:
- Año 2023: cuota mínima de 230 euros y máxima de 500 euros.
- Año 2024: cuota mínima de 225 euros y máxima de 530 euros.
- Año 2025: cuota mínima de 200 euros y máxima de 590 euros.
¿Cuándo se paga la cuota de autónomos?
Resumiendo, desde el 1 de enero de 2023 los autónomos cotizan a la Seguridad Social en función de sus ingresos reales, seleccionando uno de los 15 tramos de rendimientos netos con su correspondiente cuota mensual.
Cuando acaba el año, el autónomo regulariza sus cotizaciones a la Administración. Para ello, tiene que devolver o reclamar las cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o por encima del indicado por sus previsiones durante el año.
¿Cuáles son las novedades del sistema de cotización de autónomos?
Tarifa plana de 80 euros de cuota durante los 12 primeros meses de actividad. En los 12 meses siguientes el autónomo puede seguir pagando los 80 euros, siempre que sus ingresos netos se encuentren por debajo del SMI.
- Acción protectora por cese de actividad: prestación del 50% de la base reguladora compatible con otra actividad. Se puede cobrar de 4 meses a 2 años sin tener que darse de baja en el RETA y sin que sea necesario el cierre.
- Deducciones: se incorpora una deducción por gastos genéricos del 7% para autónomos individuales y del 3% para autónomos societarios
- Cambio de tramo cada 2 meses: es posible cambiar la base de cotización hasta 6 veces al año (cada 2 meses), en función de la previsión, al alza o a la baja, del comportamiento de los negocios del autónomo.
- Desgravación del plan de pensiones: los autónomos se pueden desgravar un 10% de las aportaciones al plan de pensiones en el IRPF.
- Sin tope de cotizaciones para mayores de 47 años: el tope para trabajadores mayores de 47 años deja de existir en 2023.
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