¿Cómo devolver la Lotería Nacional no vendida?

Una de las principales dudas que se les presenta a los loteros es cómo devolver la lotería no vendida en casos específicos. Me estoy refiriendo a plazos vencidos. La situación más habitual que se suele dar es que, tal ver por despiste o distracción de
algún cliente rezagado, o por un error de cálculo de la venta, muchos Administradores de Loterías acumulan en el último momento décimos de lotería que no pueden vender y que hay por lo tanto que devolver. Y si a ello unimos los plazos para hacerlo, las prisas, y el exceso de trabajo de última hora, tenemos como resultado confusiones y olvidos en la devolución.

Para ello, lo más recomendable para realizar los procesos es estar al tanto de las comunicaciones que realiza Loterías y Apuestas del Estado. Exceptuando lo anterior el proceso de devolución del invendido, en general, no es nada problemático, ni para el sorteo extraordinario de Navidad, que tiene unos plazos distintos, como para los otros sorteos.

¿Dónde se refleja el proceso para devolver la lotería no vendida?

Para ello será necesario consultar el Manual de Funcionamiento de Loterías y Apuestas del Estado versión REDV 02A06 V03, concretamente habrá que consultar de las páginas 32 a 34. En ellas se explica con gran detalle la devolución de lotería a través del terminal on-line de cada punto de venta. Es importante recordar que «las liquidaciones realizadas de cada sorteo – a efectos de
ventas, comisiones, impuestos y demás conceptos – SERÁN CONSIDERADAS DEFINITIVAS, sobre la base de los datos aportados en la lectura informática a través del terminal del punto de venta, sin que quepa posterior modificación. Únicamente existirán las regularizaciones motivadas por la IMPOSIBILIDAD DE TRANSMISIÓN cuando existan causas técnicas o de fuerza mayor, previamente comunicadas a SELAE, con anterioridad a la hora de comienzo del sorteo
correspondiente.”

De este modo, el procedimiento para realizar la devolución de la Lotería Nacional no vendida, es el siguiente:

  1. Clasificación de los documentos objeto de devolución, separando los billetes completos de los incompletos, asegurándose de que a los billetes completos no les falte ninguna fracción.
  2.  Invalidación de los billetes y fracciones: con taladro de entre 7 y 15 mm. de diámetro, situado en el centro de cada décimo o fracción, de forma que no dañe el código de barras o la banda numérica OCR ya que, en este caso, imposibilitaría su lectura posterior.
  3. Recuento de los billetes completos y las fracciones que forman los incompletos.
  4. Lectura del detalle de las fracciones a través de la lectora-óptica o del terminal.
  5. Lectura de los billetes completos. Estos dos modos de introducción de datos (fracciones o billetes completos), requeridos por el terminal de juegos para las devoluciones, se podrán ampliar, en caso de códigos de defectuosa impresión que imposibiliten su lectura, mediante la introducción manual de los mismos a través del teclado.
  6. Comprobación final: una vez sacado el total del detalle de fracciones y de billetes completos, deberá corresponderse con el recuento manual anterior (punto 3)
  7. Introducción de los billetes completos en el sobre plastificado correspondiente, rellenando los recuadros impresos en el mismo. Cierre soldado posterior pegando la solapa una vez quitada la tira adhesiva de protección. Igual procedimiento para los billetes incompletos, en su sobre correspondiente.
  8. Cumplimentación del justificante de devolución (original y copia) para su entrega a la Delegación Comercial con los sobres de la devolución. La copia, firmada, les será devuelta en ese mismo acto, como justificante de entrega.

 

¿Cómo se realiza la lectura de los décimos?

Lectura por pistola o terminal. Es aquella que permite la identificación de datos correctos mediante la interpretación del código de barras o de la banda numérica OCR, para su posterior introducción al sistema.

Introducción manual. Es aquella que, eventualmente, se va a ejercitar en los casos de defectuosa impresión del código de barras o de la banda numérica OCR, cuyas lecturas sean rechazadas por el procedimiento anterior. Para ello se teclearán los datos
numéricos de la banda OCR impresos en la parte inferior del código de barras.

¿Problemas a la hora de realizar la lectura de los décimos?

Es probable que a la hora de realizar la lectura de los décimos nos encontremos dos problemas principales. El primero de ellos es que el décimo esté dañado. En este caso será necesaria la llamada al TAP, cuyo número se encuentra en el Manual de Usuario del Terminal. Habrá de indicarse el no del sorteo, número, serie y fracción. El TAP facilitará telefónicamente, en el momento, el código completo del décimo, para su introducción manual por teclado.

Otro problema puede ser que el terminal o la pistola no funcionen correctamente. Para ello va a ser necesario debe
comunicar la avería al TAP y si se acerca la hora de devolución y no ha podido transmitirse, deberá comunicarla mediante correo electrónico al Departamento de Lotería Nacional, devolucionesLN@selae.es y devolucionesln@gmail.com, siempre con anterioridad a la hora de inicio del sorteo correspondiente, sin que se tenga en cuenta cualquier comunicación posterior al mismo. Se tomará nota de la incidencia, sin perjuicio de su regularización posterior, si así procediera.

¿Se pueden anular las transmisiones erróneas?

Sí, claro. En los terminales una función para que, con carácter excepcional y con un tope máximo de CINCO reactivaciones por sorteo. No obstante, si fuera necesaria alguna reactivación más por encima del tope de
CINCO señalado, será necesaria la llamada al TAP.

¿Cuáles son los horarios y plazos para devolver la Lotería Nacional?

  • Sorteo del jueves: Transmisión hasta las 20,30 horas.
  • Sorteo del sábado: Transmisión hasta las 12,30 horas.
    (El horario señalado es el peninsular)

En los sorteos por el sistema tradicional y en aquellos en los que la fecha u horario fuera modificado, se comunicará con antelación, mediante una nota informativa, las variaciones de día y hora de las devoluciones.

¿Y en el caso de la recogida de la lotería no vendida?¿Cómo se realiza?¿Quién se encarga?

La recogida de Lotería Nacional no vendida de los sorteos de jueves y sábados se realiza, conjuntamente, a la semana siguiente por la Delegación Comercial de SELAE. En el mismo acto, la Delegación Comercial de SELAE, entrega y recoge el
siguiente material:
ENTREGAR:
 Boletos de juegos de pronóstico.
 Rollos de papel para resguardos y cintas para terminales.
 Impresos varios
 Publicidad y cartelería.
 Paquetería diversa y documentación que remita SELAE.
RECOGER:
 Sobres de seguridad conteniendo Lotería Nacional invendida de los sorteos de jueves y sábado celebrados la semana anterior.
 Sobres de seguridad de color azul conteniendo décimos y resguardos (en sus dos modalidades, normales y mejorados) premiados de Lotería Nacional, pagados la semana anterior por los puntos de venta.
 Sobres de liquidación semanal, incluyendo sobre verde con resguardos de anulaciones y sobre de color amarillo con premios menores de Juegos Activos pagados durante la semana anterior por los puntos de venta.
 Reclamaciones y otros documentos.

¿Cómo devolver la lotería no vendida en otros casos?

Si por ejemplo, aparecen posteriormente décimos y/o billetes que se habían olvidado devolver en hora; o porque han sido devueltos tarde por algún cliente rezagado; o porque se ha calculado mal la venta de última hora habiéndose quedado mayor cantidad de la que luego se ha vendido; o simplemente por causa de algún error, existe la posibilidad de efectuar la devolución y de que ésta sea aceptada por SELAE. Eso sí, es obligatorio e inexcusable realizarla antes de las 13:00 horas de los sábados y de las 21:00 horas de los jueves, o por fax o por correo electrónico, dado que ya sería imposible el hacerlo por terminal.

¿Qué debo tener en cuenta a la hora de realizar la devolución en este caso?

  • Siempre ha de realizarse antes del sorteo
  • Llamar previamente al departamento
  • Solicitar la devolución vía fax o correo electrónico
  • En este caso esa semana no aparecerá esa devolución en la liquidación, pero se ajustará posteriormente.

Se da por descontado que este procedimiento es muy excepcional y no puede ser ni normal ni habitual, de lo contrario no se aceptará. Y ya para terminar, avisar que si no se hace la devolución correctamente, el resultado final será que SELAE dará por vendida esa lotería y exigirá su pago. Son normas.

 

¿Necesitas ayuda? Resolvemos tus dudas



Llámanos al 913 56 63 88

Abrir chat
1
💬¡Hola! ¿Necesitas ayuda?
¡Hola, te damos la bienvenida a Hedilla Abogados! ¿En qué podemos ayudarte?