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enero 2023

novedades tributarias 2023

En 2023 hay novedades tributarias que debes tener en cuenta

By | Noticias loterías | No Comments

Porque en 2023, Hacienda prevé recaudar 262.781 millones de euros, lo que supondrá un incremento del 7,7% respecto a 2022. Este dinero tiene que salir de algún sitio, y para recaudarlo contará con nuevas figuras tributarias y con novedades en los tributos tradicionales

Una de esas nuevas figuras tributarias es el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) que busca repartir el coste de las pensiones entre diferentes generaciones de trabajadores para compensar el incremento del gasto en pensiones que vendrá inevitablemente en los próximos años. El MEI cargará sobre las cotizaciones de los trabajadores, tanto por cuenta ajena como autónomos. En principio, la medida será temporal hasta 2032 y con ella se espera recaudar más de 20.000 millones de euros.

¿Qué cambios afectarán a los loteros desde el punto de vista patrimonial?

  1. El tributo de solidaridad de las grandes fortunas

El también llamado “nuevo impuesto temporal de solidaridad” será una carga añadida al Impuesto sobre el Patrimonio para aquellos propietarios de bienes y derechos por un valor superior a los tres millones de euros. Se fija un mínimo exento de 700.000 euros.

Se establecen varios tramos: un 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; un 2,1% para los patrimonios entre 5,3 y 10,6 millones, y un 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros.

En la regulación del Impuesto sobre el Patrimonio se introduce una modificación para que tributen  las participaciones en entidades no residentes cuyo activo esté constituido, de forma directa o indirecta, en, al menos, el 50%, por bienes inmuebles situados en territorio español.

Cada 31 de diciembre, se devengará. Por ello la fecha será clave (como en el IP) para determinar el patrimonio neto del que es titular el sujeto pasivo y la cuantificación de la base imponible del impuesto

Todas las exenciones previstas en la Ley del IP resultarán de aplicación también en este nuevo impuesto. Por tanto, resultará de aplicación, entre otras, la exención de participaciones en empresas familiares y la exención de hasta 300.000 euros por la vivienda habitual.

  1. Se reduce el impuesto mínimo de Sociedades

Pasa del 25% al 23% el tipo de gravamen para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del período impositivo inmediato anterior sea inferior a un millón de euros y no tenga la consideración de entidad patrimonial.

¿Qué otros cambios afectarán a los loteros económicamente?

  1. Nuevo sistema de cotización para autónomos 

Desde el 1 de enero de 2023, está vigente un nuevo sistema de cotización para los autónomos basado en los rendimientos anuales. Estos deberán elegir su base de cotización en función de la previsión del promedio mensual de sus rendimientos netos anuales

Esta elección la llevarán a cabo empleando una tabla general de bases, que establece unos tramos consecutivos de rendimientos netos anuales, en promedio mensual, a los que se asocian una base mínima de cotización y una base máxima.

Si se piensa que el promedio mensual de los rendimientos netos anuales quedará por debajo del límite inferior del tramo 1, se podrá elegir una base de cotización dentro de una tabla reducida con una cuota inferior.  Estas bases serán provisionales hasta que se regularicen en el ejercicio siguiente. Además,  podrán cambiarse cada dos meses, de modo que, si los ingresos varían de forma positiva o negativa, el autónomo puede ir adaptándose.

  1. La cuota mínima baja

Respecto a la cuota mínima, en 2022 ha sido de 294 euros, es decir, que aquellos autónomos con ingresos más bajos de 1.300 euros se beneficiarán, llegando a un mínimo de 200 euros al mes. Los que ganan entre 1.300 y 1.700 euros pagarán lo mismo que la cuota mínima actual. A partir de dichas cantidades, la cuota aumenta progresivamente, hasta ingresos de más de 6.000 euros.

  1. Se incrementa la Tarifa plana 

La tarifa plana pasa de ser 60 a 80 euros, con lo que crece un 33%. Además, se eliminan las reducciones en la cuota para el segundo año de los nuevos autónomos. Solo estos, con ingresos inferiores al salario mínimo disfrutarán de la bonificación, pero pagarán 80 euros.

  1. Modificaciones en el IRPF

Aumenta de 14.000 a 15.000 euros la exención de la obligación de declarar por el IRPF para contribuyentes que perciban rentas del trabajo de más de un pagador. También aumenta del 5% al 10% la reducción general sobre el rendimiento neto de módulos para los contribuyentes que determinan el rendimiento neto de su actividad por el método de estimación objetiva.

  1. El rendimiento neto disminuye

En 2023 se incluirá una rebaja en el IRPF del 5% en el rendimiento neto de módulos. Los gastos deducibles de difícil justificación tendrán una reducción del 7%, con un límite de 2.000 euros. El IRPF se incrementará un punto para las rentas de capital de entre 200.000 y 300.000 euros. Así, el gravamen se sitúa en el 27%. Además, las rentas superiores a 300.000 euros serán gravadas con el 28%. 

También, se reduce por la obtención de rendimientos en estimación directa simplificada. De esta forma, aumenta la reducción aplicable a los trabajadores autónomos económicamente dependientes.

Las inspecciones de Hacienda a las Administraciones de lotería van en aumento

En España, en los últimos años, se ha producido un aumento de las inspecciones de Hacienda a los administradores de loterías, como consecuencia de sus negocios con empresas. El motivo es que se declaran los traspasos de un propietario a otro, lo que puede dar lugar a un mayor nivel de activos declarados.

¿Cuándo comenzaron las inspecciones de hacienda a las Administraciones de lotería?

Las primeras inspecciones comenzaron en Andalucía en el año 2017 y posteriormente continuaron con Aragón y Madrid. Estas inspecciones suelen tener lugar en el caso de que la titularidad de una Administración pase de una persona a otra, es decir, cuando se cede el contrato.

¿Por qué motivo hubo en Madrid un pico alto de inspecciones en 2018?

Algunas inspecciones se iniciaron debido a la firma del primer contrato (entre los años 2010 y el 2013, alguno incluso en 2014) por aquellos loteros que estaban en estado de concesión administrativa, y lo hicieron como Sociedades Limitadas Unipersonales y no como personas físicas. 

La causa de que en la Comunidad de Madrid hubiera en 2018 una cantidad desorbitada de inspecciones fue debida a aquellos loteros que lo hicieron en 2013 y, en consecuencia, debían presentar la renta en 2014. Como la prescripción tenía que llegar a partir de junio de 2018, Hacienda, siendo consciente de la situación, inició antes de junio los procedimientos de inspección oportunos.

¿Están inspeccionando solo a quienes firmaron su contrato entre 2010 y 2013?

La respuesta es NO, también están haciendo inspecciones a aquellas personas que, habiendo cedido sus contratos, no declararon ningún incremento patrimonial en su declaración de la renta. Es decir, el razonamiento de Hacienda es que si antes un lotero tenía algo y ahora no lo tiene existe un incremento patrimonial, puesto que se están produciendo “variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se ponen de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en su composición”. 

Por último, queremos recomendar a todos aquellos loteros que necesiten ayuda en las gestiones administrativas de su negocio, que nos pregunten cualquier cuestión o duda y les asesoraremos de manera personalizada. Somos, Hedilla Abogados, la única gestoría especializada en Traspaso de Loterías con más de 20 años de experiencia. Además, nuestros servicios son compatibles tanto si eres autónomo o estás constituido como sociedad.

cuota autónomos 2023

¿Cómo afecta la nueva cuota de autónomos de 2023 a los vendedores de Administraciones de lotería?

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Para saber cuánto tiene que pagar a la Seguridad Social un vendedor de  Administración de lotería, a partir del 1 de enero de 2023, tiene que estar al día sobre la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización para autónomos en función de sus ingresos reales. 

¿Para qué sirve la cuota de autónomos?

El pago mensual de la llamada “cuota de autónomos” es una de las obligaciones que conlleva darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Los trabajadores autónomos deben cotizar desde el primer día en que inicien su actividad. La liquidación de la cuota se suele realizar a fin de mes en las administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social, domiciliando el pago en el banco  o a través de la web de la Seguridad Social.

Es importante tener en cuenta que, tanto en el mes de alta como en el de baja como autónomo, el pago de la cuota generada será proporcional a los días de alta, sin tener que hacer frente al mes entero. Además, también hay ciertas obligaciones con Hacienda relacionadas con la parte fiscal de ser autónomo.

¿A qué prestaciones sociales da derecho pagar la cuota de autónomos?

Un vendedor de Administración de lotería que paga su cuota de autónomos tiene derecho a recibir determinadas prestaciones en situaciones de: cese de actividad; baja por enfermedad; baja por accidente y jubilación.

¿Cómo es la nueva cuota de autónomos de 2023 con cotización por ingresos reales?

La cuota de autónomos, desde el 1 de enero de 2023, queda establecida por el sistema de cotización para autónomos en función de sus ingresos reales. El Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.

Así, el sistema de cotización de autónomos se convierte en un modelo progresivo de cuotas que se despliega durante 3 años, entre 2023 y 2025, en el que los autónomos con menos ingresos verán rebajada su cuota, mientras que los que más ganan la verán incrementada.

Dicho sistema tiene 15 tramos de cotización en los que el autónomo tiene que ubicarse en función de su previsión de ingresos. Mientras que los primeros tramos suponen una rebaja de la cuota con respecto a la base mínima anterior, en los tramos más altos aumenta:

Este nuevo sistema establece las siguientes cuotas mensuales:

  • Año 2023: cuota mínima de 230 euros y máxima de 500 euros.
  • Año 2024: cuota mínima de 225 euros y máxima de 530 euros.
  • Año 2025: cuota mínima de 200 euros y máxima de 590 euros.

¿Cuándo se paga la cuota de autónomos?

Resumiendo, desde el 1 de enero de 2023 los autónomos cotizan a la Seguridad Social en función de sus ingresos reales, seleccionando uno de los 15 tramos de rendimientos netos con su correspondiente cuota mensual.

Cuando acaba el año, el autónomo regulariza sus cotizaciones a la Administración. Para ello, tiene que devolver o reclamar las cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o por encima del indicado por sus previsiones durante el año.

¿Cuáles son las novedades del sistema de cotización de autónomos?

Tarifa plana de 80 euros de cuota durante los 12 primeros meses de actividad. En los 12 meses siguientes el autónomo puede seguir pagando los 80 euros, siempre que sus ingresos netos se encuentren por debajo del SMI.

  • Acción protectora por cese de actividad: prestación del 50% de la base reguladora compatible con otra actividad. Se puede cobrar de 4 meses a 2 años sin tener que darse de baja en el RETA y sin que sea necesario el cierre.
  • Deducciones: se incorpora una deducción por gastos genéricos del 7% para autónomos individuales y del 3% para autónomos societarios
  • Cambio de tramo cada 2 meses: es posible cambiar la base de cotización hasta 6 veces al año (cada 2 meses), en función de la previsión, al alza o a la baja, del comportamiento de los negocios del autónomo.
  • Desgravación del plan de pensiones: los autónomos se pueden desgravar un 10% de las aportaciones al plan de pensiones en el IRPF.
  • Sin tope de cotizaciones para mayores de 47 años: el tope para trabajadores mayores de 47 años deja de existir en 2023.

Si tienes alguna duda o quieres que te ayudemos en las gestiones administrativas de tu negocio, puedes preguntarnos y te asesoraremos de manera personalizada. Somos, Hedilla Abogados, la única gestoría especializada en Loterías con más de 20 años de experiencia. Además, nuestros servicios son compatibles tanto si eres autónomo o estás constituido como sociedad.

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